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Figura jurídica y características de las comunidades energéticas

Lo bueno es que todavía está todo por hacer. Apenas hay algunos prototipos funcionando, pero las características de las comunidades energéticas deben ser comunes: accesibles, autogestionadas, no discriminatorias…

La oportunidad para cambiar la relación de las personas con la energía. Toda una revolución en el sector eléctrico. Hay que reconocerlo, las comunidades energéticas es algo que está muy bien para los barrios y también para los pequeños municipios. Sobre todo, para los que por diferentes motivos no tengan un tejado propio o para los que residan en fincas colectivas en las que casi nadie se pone de acuerdo en nada. Energía limpia y barata producida cerca de casa y, por fin, al alcance de todos. La solución es fácil… Tan solo hay que reunirse o agruparse con otros que estén en esta misma situación en las proximidades y, entre todos, ponen en marcha este tipo de instalación fotovoltaica para su uso y disfrute. Sencillo, efectivo, eficiente y, sobre todo, como ha explicado Jorge Morales en Sostenible y renovable de RNE, el futuro del sector eléctrico.

Figura jurídica y características de las comunidades energéticas
Figura jurídica y características de las comunidades energéticas – Sostenible y renovable de RNE (28 de enero de 2023).

Disrupción total si desde el principio se hacen las cosas bien. Cambio radical. Casi total porque cambia por completo la forma en la que se produce y se consume la energía. Es más, con este nuevo concepto la idea que se tiene de compañía eléctrica tradicional desaparece al menos en gran parte de la ecuación. Ya no sirve que una empresa decida invertir en una planta solar y luego busque los clientes que la utilicen. Todo cambia. Va más allá. Muchos más beneficios para los miembros de la comunidad energética. Electricidad, limpia y sostenible a un precio estable durante los próximos 30 años que es la garantía de producción que tienen los paneles solares. Rompe por completo con el modelo de negocio anterior. Energía cerca del consumidor y a precio estable casi de por vida. No ha habido antes nada igual, pero no todo vale a la hora de formarlas.

Una comunidad energética es un conjunto de consumidores que se ponen de acuerdo para compartir y utilizar la energía generada en una misma instalación fotovoltaica que se encuentra a 2 o menos kilómetros de su ubicación.

Aunque la figura de la comunidad energética viene de la Unión Europea, en España existe libertad para escoger el tipo de sociedad que resulte más conveniente. Pocos países las han implantado ya en sus legislaciones. Aquí es uno de los pocos lugares del continente en los que se ha empezado. Hasta ahora la mayoría son cooperativas, pero hay otras fórmulas previstas como asociaciones o, incluso, sociedades limitadas. Eso sí, sea cual sea la modalidad escogida, todas tienen un requisito común. Deber ser auto gestionables. “El nosotros nos lo guisamos, nosotros nos lo comemos” de la electricidad. No vale cualquier otra modalidad. Además, deben tener unas características muy enfocadas hacia la sostenibilidad y el equilibrio social. Por ejemplo, y lo más importante, es que la entrada en la comunidad debe ser libre y no puede discriminar ni favorecer a ninguna persona o colectivo.

Figura jurídica y características de las comunidades energéticas
Figura jurídica y características de las comunidades energéticas – Sostenible y renovable de RNE (28 de enero de 2023).

Está claro… No puede funcionar como un club privado. Es decir, que se ponga en funcionamiento exclusivamente para el beneficio de los socios abonados que tengan el dinero suficiente para poder formar parte de la comunidad energética. Accesibles y al alcance de todos. Eso sí, siempre hay que tener en cuenta que su desarrollo todavía está en una etapa muy inicial. Tanto que las que ya existen podrían ser consideradas como prototipos. Modelos de lo que pueden llegar a ser en el futuro en España, pero hay algunas reglas claras. La principal es que no vale cualquier tipo de sociedad o entidad. En todos los casos deben estar participadas y gestionadas por los propios usuarios que van a consumir y utilizar la energía. En caso contrario ya serían otra cosa y no autoconsumo. Además, su puesta en marcha tiene que hacerse de forma transparente, no discriminatoria y simétrica. Oportunidad única.

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