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Bajada del precio de la luz y excedentes fotovoltaicos

Bajada del precio de la luz y excedentes fotovoltaicos

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Dificultades a la hora de activarlo, pero el papel de las distribuidoras en el autoconsumo va más allá. También problemas de lectura, medición y facturación de los excedentes para después descontarlo de los recibos de los consumidores. No hay duda, el autoconsumo ha...
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por Miguel Cegarra | Abr 11, 2023 | Renovables y autoconsumo

  Difícil de entender. ¿Por qué si sobra mucha energía en algunos casos solo se puede compensar el equivalente al consumo? Existen tarifas con limitaciones, pero afortunadamente hay soluciones. ¡Quien tiene paneles solares tiene un tesoro! No hay duda, pero...
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por Miguel Cegarra | Feb 7, 2023 | Renovables y autoconsumo

No todos los excedentes generados pueden ser compensados. Hay limitaciones. Por eso, en las facturas aparece el ajuste por límite de compensación. Eso sí, hay alternativas para sacarle el máximo partido al autoconsumo. ¿Ajuste por límite de compensación?...
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Detalles técnicos del producto y condiciones contractuales.

Los costes en los que actualmente se incurre para el suministro de energía eléctrica se dividen en tres componentes: mercado, costes regulados y garantías de origen.

El componente de mercado se calculará según la siguiente fórmula:
MERC = (1+PERD) x DIFDEF x E x ( PMD + PMAS + CDSV + CCOM + CCOS + CAP +  INT+ EDSR )
Donde los costes incluidos se definen a continuación, incluyendo las referencias en las que el Cliente puede encontrar el detalle de los mimos. En cuanto a éstas, las de BOE lo son al Boletín Oficial del Estado, las referencias a REE lo son al fichero comprimido “LIQUICOMUN” publicado en la página web de Red Eléctrica de España (https://www.esios.ree.es/es/descargas). Las referencias a OMIE lo son a la página web del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español (https://www.omie.es/es/market-results). En todos los casos, cuando existan varias publicaciones de un mismo índice, se tomará siempre la última disponible en el momento de generar la factura:

  • PERD: Coeficiente de pérdidas de energía en las redes de transporte y distribución, estimado para la tarifa de acceso de aplicación al suministro en el cuarto de hora correspondiente (REE, fichero PERDQHxx o, en su defecto, PERDxx del territorio correspondiente, donde “xx” corresponde a la tarifa de acceso correspondiente a cada suministro, 20TD en el caso más habitual de consumidores domésticos con hasta 15 kW de potencia contratada en baja tensión).

 

  • DIFDEF: Factor que estima la diferencia entre los costes definitivos y los precios provisionales repercutidos al cliente. Tomará el valor de 1,04.

 

  • E: Energía consumida por el Cliente en el cuarto de hora correspondiente. Se tomará el mejor valor disponible obtenido a partir de las lecturas de contador, facilitado por el distribuidor en el momento de la facturación o, en su ausencia, el valor estimado conforme a los procedimientos de estimación en vigor.

 

  • PMD: Precio marginal del mercado diario en el cuarto de hora correspondiente (OMIE, fichero MARGINALPDBC).

 

  • PMAS: Precio cuarto horario de todos los servicios de ajuste del sistema cuyo coste se asigna a la demanda. Para la península, se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, suma de los componentes PMAS1 y PMAS2). Para los territorios no peninsulares, será la diferencia entre el precio horario de adquisición de la demanda en cada hora (resultado de multiplicar el precio medio diario PPENIND del fichero SPARAMDD por el coeficiente horario de apuntamiento, del fichero SAPUNH, ambos de REE) y el PMD.
  • CDSV: Coste de los desvíos cuarto horarios de los comercializadores. Se utilizará la estimación del sobrecoste de los comercializadores de referencia publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente CDSV). PRÓXIMA asumirá el diferencial entre su sobrecoste de desvíos, derivado de los errores en la previsión de compra de energía, y el sobrecoste medio de los desvíos repercutido al Cliente.

 

  • CCOM: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español, fijada de acuerdo con la normativa en vigor en cada momento (BOE).
  • CCOS: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Sistema, fijada de acuerdo con la normativa en vigor en cada momento (BOE).
  • CAP: Pago de los mecanismos de capacidad de generación correspondiente al consumo y fijados de acuerdo con la normativa de aplicación en cada momento (BOE).
  • INT: Cuantía cuarto horaria relativa al pago de los comercializadores de referencia para la financiación del servicio de interrumpibilidad de acuerdo a lo previsto en la normativa de aplicación. Se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente INT).
  • EDSR: Cuantía relativa al pago o cobro de los comercializadores por el excedente o déficit de la liquidación de energía de subastas de renovables. Se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente EDSR).

 

Al componente de mercado así calculado se añadirá el de costes regulados, conformados por los peajes y los cargos para la tarifa de acceso correspondiente, fijados reglamentariamente y publicados en el Boletín Oficial del Estado, que en la actualidad constan de un término dependiente de la potencia contratada y/o demandada por el consumidor, de un término variable proporcional a la energía consumida medida en el contador y, en algunos casos, de un término de energía reactiva. A peajes y cargos se añadirán el importe correspondiente a la aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, así como el coste de financiación del bono social, igualmente fijados reglamentariamente.

El tercer componente de coste es el de adquisición de los certificados de garantía de origen 100% renovable de la energía suministrada al cliente, cuyo precio por kWh para cada año será igual al promedio de las cotizaciones durante el último trimestre del año anterior de las garantías de origen nacionales para entrega en el año correspondiente publicadas por METECO.

Excedentes

Los excedentes de energía producida por los Paneles y vertidos a la red serán siempre titularidad del Cliente. No obstante, el Cliente encomienda a PRÓXIMA el posterior balance de los mismos a cambio del pago de los gastos por la gestión de energía excedentaria correspondientes, pudiendo venderlos a terceros por cualquier medio que legalmente resulte permitido.

El mecanismo de compensación simplificada entre (a) los déficits de energía con consumo de la red y (b) la energía excedentaria, será el saldo resultante de (i) energía horaria consumida de la red y (ii) energía horaria excedentaria, ambas valoradas al precio horario que resulte de lo establecido en este Anexo y en el Contrato de Suministro. El resultado de dicha compensación en cada factura no podrá ser en ningún caso un saldo a favor del Cliente.

PRÓXIMA informará al Cliente del valor neto de los excedentes en cada periodo de facturación (incluyéndolo preferentemente y siempre que la normativa y sistemas informáticos involucrados lo permitan, junto con la factura de suministro), entendiendo por tal el valor de los excedentes medidos en un periodo, al precio del mercado diario de producción de energía eléctrica de la hora correspondiente menos los servicios de ajuste, el sobrecoste medio por desvíos, los impuestos, peajes y/o cargos que graven directamente la energía excedentaria, así como los gastos por la gestión referidos en el Anexo a las Condiciones Particulares.
A este respecto, PRÓXIMA es ajena a las fluctuaciones que se produzcan en los mercados, así como en la regulación de los servicios de ajuste, impuestos, peajes y cargos aplicables a los mismos, por lo que no es responsable de las variaciones en la valoración de los excedentes que pudieran producirse en el futuro respecto de los que pudieran haberse estimado basándose en valores históricos.

El Cliente, como titular de los excedentes, autoriza a PRÓXIMA para solicitar, en su caso, a la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia la expedición de las garantías de origen de aquéllos, quien contará con total libertad para gestionar y dar el destino que estime oportuno a las garantías expedidas.

Los precios anteriores se verán incrementados en las tasas e impuestos que legalmente correspondan, actualmente los siguientes:

  • Tasa regulada (aplicada sobre todos los componentes anteriores salvo peajes y cargos, actualmente del 1,5%).
  • Impuesto especial sobre electricidad.
  • Impuesto sobre Valor Añadido o Impuesto General Indirecto Canario.

PRÓXIMA trasladará al Cliente la totalidad de costes de adquisición de energía, costes regulados y garantías de origen de la energía en que incurra para el suministro a las Instalaciones. A los referidos costes se les añadirá nuestro cargo por gestión, en concepto de contraprestación por los servicios de intermediación en el mercado.

Adicionalmente se facturará al Cliente un coste de gestión administrativa de 2,5 € por factura, que será bonificado en su totalidad en caso de que el Cliente se acoja a factura electrónica.

A estas retribuciones les serán de aplicación los impuestos que legalmente correspondan.

Descargar condiciones generales de contratación

Conceptos que componen nuestra factura
1. Parte fija (potencia a precio de coste): A diferencia de otras comercializadoras (y de la tarifa oficial, PVPC), la parte fija de nuestra tarifa cristalina no incorpora margen alguno, calculándose como la suma de los precios oficiales de los peajes y los cargos.

Para los clientes domésticos y pequeños comercios (tarifa 2.0TD, hasta 15 kW de potencia), nuestros precios actuales son los siguientes:

Periodo 1: 0,073782 €/kW y día (26,93055 €/kW y año)*

Periodo 2: 0,001911 €/kW y día (0,697588 €/kW y año)**
* 0,093841 €/kW y día (34,252086 €/kW y año) con impuestos generales.
** 0,002431 €/kW y día (0,887239 €/kW y año) con impuestos generales.

2. Consumo a precio de coste: En cuanto al precio aplicable a tu consumo, es directamente la suma de los costes regulados en el Boletín Oficial del Estado (peajes y cargos, distintos para cada periodo tarifario) más el precio del mercado mayorista de electricidad correspondiente al consumo (distinto para cada cuarto de hora).

Al ser precios cuarto horarios y depender del mercado mayorista que fija sus precios todos los días para el día siguiente, no podemos saber con antelación cuál es el precio que te aplicaremos en el futuro.

Máxima transparencia:  Las organizaciones de consumidores incluyen entre las mejores prácticas la recomendación de publicar el detalle del cálculo de los costes tenidos en cuenta en los contratos a precio variable, además de los precios medios reales facturados a los clientes. En Próxima Energía nos hemos adelantado a estas recomendaciones y llevamos tiempo publicando tanto el detalle del contrato como los precios medios reales sacados directamente de las facturas que actualizamos diariamente y que puedes consultar en el gráfico de esta misma página.

3. Excedentes solares: De forma análoga a lo que hacemos con tu consumo, valoramos tus excedentes al precio del mercado mayorista de electricidad (distinto para cada cuarto de hora), pero en este caso el correspondiente a la generación (se le aplican diferentes conceptos que al consumo). En definitiva, igual que valoramos tu consumo por lo que nos cuesta, valoramos tus excedentes por lo que nos pagan por ellos. Para que puedas hacerte una idea del precio al que valoraremos tus excedentes en el gráfico de esta misma página te mostramos también los precios medios reales a los que los hemos pagado durante los últimos meses.

Una vez así calculada la valoración de excedentes en cada factura, pasamos a compensarlos con el coste de tu consumo, esto es, con la suma de los términos fijo, de consumo a precio de coste, fondo de eficiencia energética y financiación del bono social. Efectivamente, aunque la compensación simplificada de excedentes está limitada por ley al valor económico de la energía horaria consumida durante el mismo mes, en Próxima Energía compensamos muchos más términos que otras compañías, por lo que, gracias a tus excedentes, tus facturas de luz puedan quedarse por debajo de los 10 € al mes, como en el siguiente ejemplo.

4. Otros costes: Sobre los conceptos anteriores añadimos otros costes directos, como la aportación al fondo de eficiencia energética, la financiación del bono social, el coste de adquisición de los certificados de origen de la energía 100% renovable, la tasa del 1,5% sobre el coste de la energía consumida a precio de mercado y el alquiler del contador que nos factura la distribuidora correspondiente.

5. Cargo de gestión:

4,9 € al mes* fijos (independientes del consumo) para la mayoría de viviendas y pequeños comercios (hasta 10 kW de potencia contratada).
0,007 € por kWh** consumido para el resto de suministros.
* 5,929 € al mes con impuestos incluidos.
** 0,0085 € por kWh con impuestos incluidos.

Además, por nuestra gestión de tus excedentes cobramos:

4,9 € al mes* fijos (independientes de los excedentes) para la mayoría de viviendas y pequeños comercios (hasta 10 kW de potencia contratada).

0,0049 € por kWh** excedentario para el resto de suministros.
* 5,929 € al mes con impuestos incluidos.
** 0,0059 € por kWh con impuestos incluidos.

6. Impuestos: Sobre los precios anteriores añadimos los impuestos que legalmente correspondan, actualmente impuesto especial sobre electricidad e IVA, aplicando, en su caso, las bonificaciones y exenciones a las que hubiera lugar.

Detalles técnicos del producto y condiciones contractuales.

Los costes en los que actualmente se incurre para el suministro de energía eléctrica se dividen en tres componentes: mercado, costes regulados y garantías de origen.

El componente de mercado se calculará según la siguiente fórmula:

MERC = (1+PERD) x DIFDEF x E x ( PMD + PMAS + CDSV + CCOM + CCOS + CAP +  INT+ EDSR )
Donde los costes incluidos se definen a continuación, incluyendo las referencias en las que el Cliente puede encontrar el detalle de los mimos. En cuanto a éstas, las de BOE lo son al Boletín Oficial del Estado, las referencias a REE lo son al fichero comprimido “LIQUICOMUN” publicado en la página web de Red Eléctrica de España (https://www.esios.ree.es/es/descargas). Las referencias a OMIE lo son a la página web del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español (https://www.omie.es/es/market-results). En todos los casos, cuando existan varias publicaciones de un mismo índice, se tomará siempre la última disponible en el momento de generar la factura:

PERD: Coeficiente de pérdidas de energía en las redes de transporte y distribución, estimado para la tarifa de acceso de aplicación al suministro en el cuarto de hora correspondiente (REE, fichero PERDQHxx o, en su defecto, PERDxx del territorio correspondiente, donde “xx” corresponde a la tarifa de acceso correspondiente a cada suministro, 20TD en el caso más habitual de consumidores domésticos con hasta 15 kW de potencia contratada en baja tensión).

DIFDEF: Factor que estima la diferencia entre los costes definitivos y los precios provisionales repercutidos al cliente. Tomará el valor de 1,04.

E: Energía consumida por el Cliente en el cuarto de hora correspondiente. Se tomará el mejor valor disponible obtenido a partir de las lecturas de contador, facilitado por el distribuidor en el momento de la facturación o, en su ausencia, el valor estimado conforme a los procedimientos de estimación en vigor.

PMD: Precio marginal del mercado diario en el cuarto de hora correspondiente (OMIE, fichero MARGINALPDBC).
PMAS: Precio cuarto horario de todos los servicios de ajuste del sistema cuyo coste se asigna a la demanda. Para la península, se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, suma de los componentes PMAS1 y PMAS2). Para los territorios no peninsulares, será la diferencia entre el precio horario de adquisición de la demanda en cada hora (resultado de multiplicar el precio medio diario PPENIND del fichero SPARAMDD por el coeficiente horario de apuntamiento, del fichero SAPUNH, ambos de REE) y el PMD.

CDSV: Coste de los desvíos cuarto horarios de los comercializadores. Se utilizará la estimación del sobrecoste de los comercializadores de referencia publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente CDSV). PRÓXIMA asumirá el diferencial entre su sobrecoste de desvíos, derivado de los errores en la previsión de compra de energía, y el sobrecoste medio de los desvíos repercutido al Cliente.

CCOM: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español, fijada de acuerdo con la normativa en vigor en cada momento (BOE).

CCOS: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Sistema, fijada de acuerdo con la normativa en vigor en cada momento (BOE).

CAP: Pago de los mecanismos de capacidad de generación correspondiente al consumo y fijados de acuerdo con la normativa de aplicación en cada momento (BOE).

INT: Cuantía cuarto horaria relativa al pago de los comercializadores de referencia para la financiación del servicio de interrumpibilidad de acuerdo a lo previsto en la normativa de aplicación. Se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente INT).

EDSR: Cuantía relativa al pago o cobro de los comercializadores por el excedente o déficit de la liquidación de energía de subastas de renovables. Se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente EDSR).

Al componente de mercado así calculado se añadirá el de costes regulados, conformados por los peajes y los cargos para la tarifa de acceso correspondiente, fijados reglamentariamente y publicados en el Boletín Oficial del Estado, que en la actualidad constan de un término dependiente de la potencia contratada y/o demandada por el consumidor, de un término variable proporcional a la energía consumida medida en el contador y, en algunos casos, de un término de energía reactiva. A peajes y cargos se añadirán el importe correspondiente a la aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, así como el coste de financiación del bono social, igualmente fijados reglamentariamente.

El tercer componente de coste es el de adquisición de los certificados de garantía de origen 100% renovable de la energía suministrada al cliente, cuyo precio por kWh para cada año será igual al promedio de las cotizaciones durante el último trimestre del año anterior de las garantías de origen nacionales para entrega en el año correspondiente publicadas por METECO.
Los precios anteriores se verán incrementados en las tasas e impuestos que legalmente correspondan, actualmente los siguientes:

Tasa regulada (aplicada sobre todos los componentes anteriores salvo peajes y cargos, del 1,5%)

-Impuesto especial sobre electricidad

-Impuesto sobre Valor Añadido o Impuesto General Indirecto Canario.

PRÓXIMA trasladará al Cliente la totalidad de costes de adquisición de energía, costes regulados y garantías de origen de la energía en que incurra para el suministro a las Instalaciones. A los referidos costes se les añadirá nuestro cargo por gestión, en concepto de contraprestación por los servicios de intermediación en el mercado.
Adicionalmente se facturará al Cliente un cargo de gestión administrativa de 2,5 € por factura, que será bonificado en su totalidad en caso de que el Cliente se acoja a factura electrónica.
A estas retribuciones les serán de aplicación los impuestos que legalmente correspondan.

Descargar condiciones generales de contratación

i

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Cuota de gestión tarifa
✓ 4,90€ al mes + IVA para potencias hasta 10kW.
(5.39€ al mes al tipo de IVA reducido o 5,93€ al mes al tipo general)

✓ 0,007€** por kWh para potencias superiores a 10kW.
(*0,0085€ por kWh con IVA incluido)


Conceptos que componen nuestra factura

1. Parte fija (potencia a precio de coste): A diferencia de otras comercializadoras (y de la tarifa oficial, PVPC), la parte fija de nuestra tarifa cristalina no incorpora margen alguno, calculándose como la suma de los precios oficiales de los peajes y los cargos.

Para los clientes domésticos y pequeños comercios (tarifa 2.0TD, hasta 15 kW de potencia), nuestros precios actuales son los siguientes:

  • Periodo 1: 0,073782 €/kW y día (26,93055 €/kW y año)*
  • Periodo 2: 0,001911 €/kW y día (0,697588 €/kW y año)**

* 0,093841 €/kW y día (34,252086 €/kW y año) con impuestos generales.
** 0,002431 €/kW y día (0,887239 €/kW y año) con impuestos generales.

 

En cuanto al precio aplicable a tu consumo, es directamente la suma de los costes regulados en el Boletín Oficial del Estado (peajes y cargos, distintos para cada periodo tarifario) más el precio del mercado mayorista de electricidad correspondiente al consumo (distinto para cada cuarto de hora).

Al ser precios cuarto horarios y depender del mercado mayorista que fija sus precios todos los días para el día siguiente, no podemos saber con antelación cuál es el precio que te aplicaremos en el futuro.

  • Máxima transparencia:  Las organizaciones de consumidores incluyen entre las mejores prácticas la recomendación de publicar el detalle del cálculo de los costes tenidos en cuenta en los contratos a precio variable, además de los precios medios reales facturados a los clientes. En Próxima Energía nos hemos adelantado a estas recomendaciones y llevamos tiempo publicando tanto el detalle del contrato como los precios medios reales sacados directamente de las facturas que actualizamos diariamente y que puedes consultar en el gráfico de esta misma página.
 

2. Otros costes: Sobre los conceptos anteriores añadimos otros costes directos, como la aportación al fondo de eficiencia energética, la financiación del bono social, el coste de adquisición de los certificados de origen de la energía 100% renovable, la tasa del 1,5% sobre el coste de la energía consumida a precio de mercado y el alquiler del contador que nos factura la distribuidora correspondiente.

3. Cargo de gestión: Por toda nuestra gestión sólo cobramos:

  • 4,9 € al mes* fijos (independientes del consumo) para la mayoría de viviendas y pequeños comercios (hasta 10 kW de potencia contratada).
  • 0,007 € por kWh** consumido para el resto de suministros.

* 5,929 € al mes con impuestos  incluidos
** 0,0085 € por kWh con impuestos incluidos.

4. Impuestos: Sobre los precios anteriores añadimos los impuestos que legalmente correspondan, actualmente impuesto especial sobre electricidad e IVA, aplicando, en su caso, las bonificaciones y exenciones a las que hubiera lugar.

Detalles técnicos del producto y condiciones contractuales.

Los costes en los que actualmente se incurre para el suministro de energía eléctrica se dividen en tres componentes: mercado, costes regulados y garantías de origen.

El componente de mercado se calculará según la siguiente fórmula:
MERC = (1+PERD) x DIFDEF x E x ( PMD + PMAS + CDSV + CCOM + CCOS + CAP + INT+ EDSR )

Donde los costes incluidos se definen a continuación, incluyendo las referencias en las que el Cliente puede encontrar el detalle de los mimos. En cuanto a éstas, las de BOE lo son al Boletín Oficial del Estado, las referencias a REE lo son al fichero comprimido “LIQUICOMUN” publicado en la página web de Red Eléctrica de España (https://www.esios.ree.es/es/descargas). Las referencias a OMIE lo son a la página web del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español (https://www.omie.es/es/market-results). En todos los casos, cuando existan varias publicaciones de un mismo índice, se tomará siempre la última disponible en el momento de generar la factura:

PERD: Coeficiente de pérdidas de energía en las redes de transporte y distribución, estimado para la tarifa de acceso de aplicación al suministro en el cuarto de hora correspondiente (REE, fichero PERDQHxx o, en su defecto, PERDxx del territorio correspondiente, donde “xx” corresponde a la tarifa de acceso correspondiente a cada suministro, 20TD en el caso más habitual de consumidores domésticos con hasta 15 kW de potencia contratada en baja tensión).
DIFDEF: Factor que estima la diferencia entre los costes definitivos y los precios provisionales repercutidos al cliente. Tomará el valor de 1,04.
E: Energía consumida por el Cliente en el cuarto de hora correspondiente. Se tomará el mejor valor disponible obtenido a partir de las lecturas de contador, facilitado por el distribuidor en el momento de la facturación o, en su ausencia, el valor estimado conforme a los procedimientos de estimación en vigor.
PMD: Precio marginal del mercado diario en el cuarto de hora correspondiente (OMIE, fichero MARGINALPDBC).
PMAS: Precio cuarto horario de todos los servicios de ajuste del sistema cuyo coste se asigna a la demanda. Para la península, se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, suma de los componentes PMAS1 y PMAS2). Para los territorios no peninsulares, será la diferencia entre el precio horario de adquisición de la demanda en cada hora (resultado de multiplicar el precio medio diario PPENIND del fichero SPARAMDD por el coeficiente horario de apuntamiento, del fichero SAPUNH, ambos de REE) y el PMD.
CDSV: Coste de los desvíos cuarto horarios de los comercializadores. Se utilizará la estimación del sobrecoste de los comercializadores de referencia publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente CDSV). PRÓXIMA asumirá el diferencial entre su sobrecoste de desvíos, derivado de los errores en la previsión de compra de energía, y el sobrecoste medio de los desvíos repercutido al Cliente.
CCOM: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español, fijada de acuerdo con la normativa en vigor en cada momento (BOE).
CCOS: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Sistema, fijada de acuerdo con la normativa en vigor en cada momento (BOE).
CAP: Pago de los mecanismos de capacidad de generación correspondiente al consumo y fijados de acuerdo con la normativa de aplicación en cada momento (BOE).
INT: Cuantía cuarto horaria relativa al pago de los comercializadores de referencia para la financiación del servicio de interrumpibilidad de acuerdo a lo previsto en la normativa de aplicación. Se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente INT).
EDSR: Cuantía relativa al pago o cobro de los comercializadores por el excedente o déficit de la liquidación de energía de subastas de renovables. Se utilizará la estimación publicada por el Operador del Sistema conforme a lo establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 “Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor” (REE, fichero PVPCDATA, componente EDSR).

Al componente de mercado así calculado se añadirá el de costes regulados, conformados por los peajes y los cargos para la tarifa de acceso correspondiente, fijados reglamentariamente y publicados en el Boletín Oficial del Estado, que en la actualidad constan de un término dependiente de la potencia contratada y/o demandada por el consumidor, de un término variable proporcional a la energía consumida medida en el contador y, en algunos casos, de un término de energía reactiva. A peajes y cargos se añadirán el importe correspondiente a la aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, así como el coste de financiación del bono social, igualmente fijados reglamentariamente.

El tercer componente de coste es el de adquisición de los certificados de garantía de origen 100% renovable de la energía suministrada al cliente, cuyo precio por kWh para cada año será igual al promedio de las cotizaciones durante el último trimestre del año anterior de las garantías de origen nacionales para entrega en el año correspondiente publicadas por METECO.

Los precios anteriores se verán incrementados en las tasas e impuestos que legalmente correspondan, actualmente los siguientes:

Tasa regulada (aplicada sobre todos los componentes anteriores salvo peajes y cargos, del 1,5%)-
Impuesto especial sobre electricidad-
Impuesto sobre Valor Añadido o Impuesto General Indirecto Canario.

PRÓXIMA trasladará al Cliente la totalidad de costes de adquisición de energía, costes regulados y garantías de origen de la energía en que incurra para el suministro a las Instalaciones. A los referidos costes se les añadirá nuestro cargo por gestión, en concepto de contraprestación por los servicios de intermediación en el mercado.

Adicionalmente se facturará al Cliente un cargo de gestión administrativa de 2,5 € por factura, que será bonificado en su totalidad en caso de que el Cliente se acoja a factura electrónica.
A estas retribuciones les serán de aplicación los impuestos que legalmente correspondan.
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    Cuota de gestión tarifa
    ✓ 4,90€ al mes + IVA para potencias hasta 10kW.
    (5.39€ al mes al tipo de IVA reducido o 5,93€ al mes al tipo general)

     

    ✓ 0,007€** por kWh para potencias superiores a 10kW.
    (*0,0085€ por kWh con IVA incluido)


    Conceptos que componen nuestra factura

    1. Parte fija (potencia a precio de coste): A diferencia de otras comercializadoras (y de la tarifa oficial, PVPC), la parte fija de nuestra tarifa cristalina no incorpora margen alguno, calculándose como la suma de los precios oficiales de los peajes y los cargos.

    Para los clientes domésticos y pequeños comercios (tarifa 2.0TD, hasta 15 kW de potencia), nuestros precios actuales son los siguientes:

    Periodo 1: 0,075903 €/kW y día (27,704413 €/kW y año)*

    Periodo 2: 0,001987 €/kW y día (0,725423 €/kW y año)**

    * 0,096538 €/kW y día (35,236337 €/kW y año) con impuestos generales.

    ** 0,002528 €/kW y día (0,922642 €/kW y año) con impuestos generales.

    En cuanto al precio aplicable a tu consumo, es directamente la suma de los costes regulados en el Boletín Oficial del Estado (peajes y cargos, distintos para cada periodo tarifario) más el precio del mercado mayorista de electricidad correspondiente al consumo (distinto para cada cuarto de hora).

    Al ser precios cuarto horarios y depender del mercado mayorista que fija sus precios todos los días para el día siguiente, no podemos saber con antelación cuál es el precio que te aplicaremos en el futuro.

    Máxima transparencia:  Las organizaciones de consumidores incluyen entre las mejores prácticas la recomendación de publicar el detalle del cálculo de los costes tenidos en cuenta en los contratos a precio variable, además de los precios medios reales facturados a los clientes. En Próxima Energía nos hemos adelantado a estas recomendaciones y llevamos tiempo publicando tanto el detalle del contrato como los precios medios reales sacados directamente de las facturas que actualizamos diariamente y que puedes consultar en el gráfico de esta misma página.

    2. Otros costes: Sobre los conceptos anteriores añadimos otros costes directos, como la aportación al fondo de eficiencia energética, la financiación del bono social, el coste de adquisición de los certificados de origen de la energía 100% renovable, la tasa del 1,5% sobre el coste de la energía consumida a precio de mercado y el alquiler del contador que nos factura la distribuidora correspondiente.

    3. Cargo de gestión: Por toda nuestra gestión sólo cobramos:

    4,9 € al mes* fijos (independientes del consumo) para la mayoría de viviendas y pequeños comercios (hasta 10 kW de potencia contratada).

    0,007 € por kWh** consumido para el resto de suministros.
    * 5,929 € al mes con impuestos  incluidos
    ** 0,0085 € por kWh con impuestos incluidos.

    4. Impuestos: Sobre los precios anteriores añadimos los impuestos que legalmente correspondan, actualmente impuesto especial sobre electricidad e IVA, aplicando, en su caso, las bonificaciones y exenciones a las que hubiera lugar.